miércoles, 23 de abril de 2008

La responsabilidad de los bancos y del registro Nacional de las personas por el Robo de Identidad

Abstract: En el caso de la Corte Suprema "Serradilla, Raúl Alberto c/ Mendoza, Provincia de y otro s/ daños y perjuicios” se condena al Estado Nacional (Registro Nacional de las Personas ) y a la Provincia de Mendoza (Registro Civil) a indemnizar al actor por no haber ejercido en forma debida la custodia de su DNI y permitir que cayera en manos de delincuentes que lo utilizaron para extraer creditos bancarios, endeudar a la persona nominalmente titular del DNI, con la consecuencia de que esta fuera informada como deudora morosa en bancos de datos crediticios tales como VERAZ y se cerraran sus cuentas corrientes. [...]

Por Gabriel Martinez Medrano,

1. INTRODUCCIÓN.

En el caso de la Corte Suprema "Serradilla, Raúl Alberto c/ Mendoza, Provincia de y otro s/ daños y perjuicios” se condena al Estado Nacional (Registro Nacional de las Personas[1]) y a la Provincia de Mendoza (Registro Civil)[2] a indemnizar al actor por no haber ejercido en forma debida la custodia de su DNI y permitir que cayera en manos de delincuentes que lo utilizaron para extraer creditos bancarios, endeudar a la persona nominalmente titular del DNI, con la consecuencia de que esta fuera informada como deudora morosa en bancos de datos crediticios tales como VERAZ y se cerraran sus cuentas corrientes.

La indemnización no es para nada generosa ($ 5.000[3]), un valor irrisorio si se quiere compensar el daño moral sufrido por un sujeto al que le suplantan su identidad y que pasa a formar parte de una lista negra de morosos, pero se tranforma en el primer caso en el país que extiende la condena al Estado. Hasta Serradilla, los casos de robo de identidad conocidos, hacían recaer la responsabilidad civil sobre las entidades financieras o crediticias que habían concedido créditos a terceros que se hacían pasar por otra persona.

2. EL ROBO DE IDENTIDAD.

El robo de identidad es un delito que comete una persona que suplanta a otra mediante un ardid valiéndose de documentación o datos personales de un tercero para operar bancariamente, comprar bienes o contratar servicios y cargarselos a la cuenta de quien es sustituido.

Decimos que es un delito porque se trata de una conducta delictual que engloba varias figuras penales: defraudación, falsificación de documento entre otros. Sin embargo no se encuentra tipificado como tal en el Codigo Penal y es una de las materias pendientes que tiene el Congreso de la Nación.

No es un flagelo local sino que es una pandemia internacional que se basa en cuatro pilares:

a) pocas medidas de seguridad para falsificar documentos de identidad o incluso sustraerlos directamente de los Registros de las Personas.

b) El avance de las nuevas tecnologías como Internet que permiten operar on line, que si bien es una comodidad, implica el riesgo de que los datos personales puedan ser captados por terceros y luego utilizados para operaciones ilícitas.

c) Controles laxos de algunas entidades financieras en el momento de otorgar creditos, ventas a credito, tarjetas y operaciones similares, que no ejercen un adecuado control de la identidad de sus futuros clientes.

d) Poca conciencia ciudadana de que los datos personales son, en manos inadecuadas, un riesgo por la potencialidad dañosa que posee su uso ilícto.

Así ha sido conceptualizado en los EEUU[4]

El robo de identidad ocurre cuando alguien usa la información de identidad de otra persona - nombre, número de seguro social, nombre materno, u otra información personal – para cometer fraude u otra actividad ilegal. Por ejemplo, un ladron de identidad puede abrir una cuenta de tarjeta de credito a nombre de otra persona. Cuando el ladron de identidad deja de pagar las facturas, la deuda es inscripta en el informe crediticio de la victima.

Algunos de los medios y metodos mas comunes de robos de identidad son:

a) Uso fraudulento de fondos en cuenta existente[5].

Ocurre cuanto el ladrón de identidad usa fraudulentamente un deposito o cuenta existenete sin la conformidad o mas frecuentemente sin el conocimiento del titular de la cuenta. Una forma frecuente es que el ladrón de identidad se haga de una factura o resumen de cuenta del titular y le de la orden al banco cambiando la domiciliación de la cuenta para que el verdadero titular no advierta los retiros fraudulentos. Esta demora del titular de la cuenta en enterarse del fraude es vital para el ladrón de identidad quien a su vez puede hacer retiros o transferencias a otras cuentas , ya sea en persona o utilizando cajeros u otros medios electrónicos como Internet.

b) Apertura fraudulenta de nuevas cuentas. [6]

Otro metodo común de R.I. ocurre cuando el delincuente presenta una solicitud para la apertura de una cuenta corriente o una tarjeta s de credito y obtiene así una cuenta nueva a nombre de un tercero.

Esta estafa puede ocurrir cuando una entidad financiera envia, sin requerimiento previo, una tarjeta a un futuro y posible cliente. El estafador se apodera del correo del damnificado sustrayendo así el plástico no solicitado. El cliente desconoce el envío de la tarjeta porque no la ha solicitado y el estafador completa los datos de la solicitud (a nombre de la víctima) pero con un domicilio falso y activa la tarjeta que ya tiene en su poder. Este fraude permite al delincuente utilizar la tarjeta por untiempo hasta que el consumidor tome conocimiento, a veces años después al verse insertado en una base de datos de deudores morosos o cuando la agencia de cobranzas se dirige a su domicilio o a su trabajo para reclamar el pago.

El robo de identidad, visto desde el lado de la victima tiene serios inconvenientes:

a) no se sabe cuando ocurrió hasta que es demasiado tarde.

b) Una vez que se conoce se pueden adoptar medidas preventivas, pero nunca se esta seguro de que no volverá a ocurrir mientras p. ej. Nuestro DNI esté en manos de estafadores. [7]

c) Algunas medidas preventivas, actúan per se como limitantes a la obtención de crédito para la propia víctima. Por ejemplo: existe un servicio que venden las empresas de riesgo crediticio que se llama Stop Robo de Identidad por el cual quien fue victima de este delito puede comunicar a la empresa de bases crediticias para que incluya en sus informes que ha denunciado ser objeto del delito. Cuando la verdadera persona concurra a sacar un crédito o sea buscado por una entidad para otorgarle una tarjeta de credito, al ver que existe la denuncia se transforma inmediatamente en un riesgo. El Banco o entidad crediticia tendrá recelo en otorgar un credito a quien puede ser el estafador o la victima. En caso de duda el credito no se otorga.

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