La discusión acerca de si abrir un correo electrónico ajeno es o no delito llegó hasta el máximo tribunal de Justicia de la Argentina, que preside Ricardo Lorenzetti (foto). La intervención se hará a instancias de un pedido de la Cámara del Crimen.
Después del fallo de la jueza en lo correccional Ana Díaz Cano, quien consideró que el "hackeo" en un caso en particular constituía una "conducta atípica" y, en consecuencia, consideró que no era delito, la Cámara del Crimen resolvió mandar todos los antecedentes al máximobtribunal.
Según documentación a la que tuvo acceso DyN, el presidente de la Cámara del Crimen, Mario Filozof, le remitió un oficio al titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti, adjuntándole el fallo de Díaz Cano, que sugería la necesidad de legislar sobre delitos informáticos.
El oficio, fechado el 29 de junio pasado, advierte -sin embargo- que la jurisprudencia hasta ahora indicaba que la violación de un e-mail sí constituía un delito.
"Sin perjuicio de que el fallo remitido no refleja lo que la jurisprudencia en forma mayoritaria sostiene, remítase a pedido de la oficiante a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a sus efectos", sostiene el oficio.
Esa comunicación fue acompañada con media docena de fallos en los que, ante episodios de naturaleza similar, otros jueces y Salas de la Cámara consideraron que sí había delito.
El 25 de junio pasado, DyN dio cuenta de un fallo de la jueza Díaz Cano que sostenía que "invadir una cuenta de e-mail ajena y utilizar la información en un juicio civil configura una 'conducta atípica', en consecuencia, no constituye delito".
"Por más que existan en tratamiento diversos proyectos de ley que se refieren a lo que en doctrina se denominan 'delitos informáticos'... lo cierto es que aún no existe tal previsión legal', sostuvo la jueza.
La Corte sólo podría sentar jurisprudencia pronunciándose sobre un caso concreto. Sin embargo, también podría remitir el fallo al Congreso con la sugerencia de la jueza de legislar sobre delitos informáticos.
Fuente: DyN
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